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Hace ya 60 años que la humanidad logró establecer una carta de derechos que fue
suscrita por las naciones del mundo entero. Posteriormente hemos tenido
importantes avances en la expedición de acuerdos y pactos sobre distintos tipos
de derechos, los más importantes tal vez fueron el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y el Pacto internacional de Derechos económicos
sociales y culturales. Los dos han sido ratificados por Colombia en el marco de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En las ciudades hemos tenido importantes dinámicas en los últimos años, como la
Carta de Derechos y Responsabilidades de Montreal, expedida en esa ciudad en el
2006, donde tanto el gobierno de la ciudad como los ciudadanos y ciudadanas
adquieren una serie de compromisos para hacer efectivos los derechos en la
ciudad. También está la Carta Europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos en
la Ciudad firmada en San Denis en el año 2000. Y hoy se discuten, en cientos de
ciudades del mundo, la Carta Mundial del derecho a la Ciudad y la Carta-Agenda
de Derechos Humanos en la Ciudad.
Debido a la gran tendencia que el mundo tiene a la urbanización, cada vez nos
movemos más hacia la discusión de los derechos en las ciudades. ¿Qué tanto de
eso nos ha permeado? La verdad, muy poco. En general, la planeación en América
Latina no aborda los derechos como una estructura específica para atender a la
gente. Los enfoques sectoriales y fiscalistas, definidos en gran medida a nivel
central, han prevalecido sobre el enfoque de derechos.
Pero, además, cuando hemos llegado a tener planes con enfoque de derechos no
hemos sabido muy bien en la práctica qué significa eso. Las pocas discusiones
que sobre este tema se dan hoy en la elaboración de los planes de desarrollo de
nuestras ciudades se mueven entre la corrección política y la ambigüedad
práctica, escuchamos discursos afirmativos sobre los derechos pero a la larga no
tenemos muy claro qué significan.
Avanzar en la garantía de los derechos en las ciudades es importante, no sólo
los de vida, libertad e integridad, que ya son suficiente reto para algunas de
nuestros gobiernos, sino también en los derechos económicos, sociales y
culturales y, por supuesto, los colectivos y del medio ambiente.
Pero para hacer efectivos los derechos no basta con nombrarlos en los documentos
de políticas públicas y planes de desarrollo. En esencia, no sabremos si estamos
avanzando en un enfoque de derechos si no se específica cuál es su
particularidad con respecto a otras formas de hacer planeación y, sobre todo,
cómo se miden los resultados.
¿Qué significa hoy en nuestras ciudades tener derecho a la vivienda y cómo
medirlo? ¿En qué estamos en el derecho al medio ambiente sano y cuánto vamos a
avanzar? Son algunas de las preguntas que un plan con enfoque de derechos
debería respondernos.
Cómo la ciudad, además de ser un espacio físico, también es un espacio político,
la participación ciudadana juega un papel fundamental a la hora de definir las
estrategias para garantizar los derechos, solo que en la mayoría de nuestras
ciudades esta sigue siendo un ejercicio cosmético que se mide más por los
volúmenes de asistencia que por la construcción conjunta de decisiones.
El derecho a la ciudad y la ciudad con derechos debe ser una realidad concreta,
medible y construida con la ciudadanía. De no ser así, corremos el riesgo de
haber incluido otro término políticamente sugestivo pero inocuo para la calidad
de vida de la gente.
Publicado en el diario
El Tiempo el 11 de marzo de 2008.
Reproducido en el semanario Peripecias Nº 101 el 18 de junio de 2008.
Se reproduce en nuestro sitio únicamente con fines informativos y
educativos. |